
Programa Comisión por Referidos Dealers
Términos y condiciones para participar y recibir comisiones
Migrante S.A.C. (Migrante), con Registro Único del Contribuyente No. 20607930628, con domicilio en la Avenida Javier Prado Este No. 488-4922, Oficina 1301, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima. Participan exclusivamente las marcas y modelos de motocicletas comercializadas y financiadas directamente por Migrante a través de dealers. Válido para financiamientos en concesionarias o tiendas físicas de marcas asociadas
Válida para operaciones concretadas con referidos desde el 27/04/2023 y hasta el 29/04/2023. Migrante/Galgo tiene la potestad de cambiar, actualizar o prescindir del Programa en caso lo crea conveniente y cuando así lo considere.
El participante referidor recibirá una comisión valorizada en S/80 (ochenta y 00/100 Soles) por cada nuevo referido (persona natural que no sea cliente en la actualidad de Migrante/Galgo) y que cumpla las siguientes acciones: (i) en el caso de nuevo financiamiento de motocicleta: apruebe en primera instancia para el financiamiento cumpliendo los parámetros y condiciones necesarias. Luego de ello, firme su contrato de préstamo (incluyendo anexos) con Migrante/Galgo y pague la cuota inicial correspondiente en el concesionario alianza. Así también este cliente (referido) NO debe encontrarse en la base de datos de Migrante/Galgo; si esto no se cumpliera y el cliente referido se hubiese registrado hace menos de treinta (30) días calendario, el participante referidor no recibirá comisión alguna.
En caso un participante referidor no estuviese al día en el pago puntual e íntegro de sus cuotas frente a Migrante/Galgo al momento de hacerse acreedor de una comisión y/o de un premio por escalas, el participante referidor otorga a Migrante/Galgo plena potestad para aplicar/compensar el importe de la comisión y/o del premio por escala al pago de su deuda.
En caso de Migrante/Galgo tenga pruebas y/o indicios sobre un uso inadecuado, fraudulento o ilegal del Programa por parte de su personal y/o proveedores y/o participantes referidores y/o referidos, a efectos de obtener beneficios indebidos de Migrante/Galgo y/o de su Programa, en contra de la legislación peruana y/o la buena fe comercial y/o el deber fiduciario laboral, podrá: (i) congelar y/o revertir la entrega de comisiones y/o premios por escalas a los participantes referidores; (ii) retirar en forma temporal o permanente del Programa a los participantes referidores implicados; (iii) iniciar procesos internos sancionadores contra colaboradores implicados, hasta su desvinculación; (iv) resolver contratos con proveedores implicados; (v) denunciar la comisión de presuntos delitos ante las autoridades competentes en instancias civiles, penales y administrativas, para las acciones de ley. Conforme con el Código Penal, la comisión del delito de estafa se sanciona con “pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de seis años”, mientras la comisión del delito de estafa agravada se sanciona con “privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con noventa a doscientos días-multa”.

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